La Asociación Española de Normalización (UNE) hará pública este jueves la Norma UNE-ISO 37001, Sistemas de gestión antisoborno, la versión española del estándar internacional que permitirá a las empresas certificar que han adoptado los mecanismos internos adecuados para prevenir, detectar y actuar contra los sobornos. El texto, cuyo contenido adelanta elEconomista, no se limita a asegurar el cumplimiento de la ley, sino que eleva mucho más allá las exigencias a las compañías.
Así, la UNE exige a las empresas que prohíban la oferta, suministro o aceptación de cualquier regalo, hospitalidad, donación o beneficio que pueda "razonablemente percibirse" como soborno. La norma interpreta de forma amplia el concepto de regalo o beneficio, e incluye, por ejemplo, ofertas de entretenimiento, donaciones políticas o de caridad, viajes, gastos de promoción, beneficios para la comunidad, formación, membresías de clubes, favores personales o información confidencial o privilegiada.
El texto ofrece diversos modelos para diseñar una política de regalos certificable. En primer lugar, las empresas podrán establecer una prohibición total de los mismos.
En segundo término, limitarlos en función de su valor, frecuencia -muchos regalos pequeños pueden suponer una gran cantidad-, tiempo de recepción, razonabilidad, identidad del destinatario -en ningún caso de la persona que adjudica un contrato, por ejemplo-, reciprocidad -no se podrá recibir un obsequio más caro del que se está autorizado a dar- o entorno legal.
Finalmente, el certificado admite establecer mecanismos de autorización previa a los regalos, o que se determine la obligación de darles publicidad, documentarlos y supervisarlos.
La UNE-ISO 37001 también impone un régimen estricto en relación con las donaciones a los partidos políticos, fundaciones y otras organizaciones de beneficencia. En este punto, las compañías deben prohibir las entregas de dinero en las que pueda percibirse voluntad de influir. Asimismo, deben examinar a la formación -o al órgano de caridad- receptora para determinar si es legítimo y no se le está utilizando como canal para el soborno.
Además, el pago debe ser de divulgación pública; no podrá hacerse antes, durante o después de la negociación de un contrato; y deberá ser aprobado por un director.
Por último, la norma también contiene un catálogo de requisitos para los viajes. Entre ellos, que lo pagado se restrinja al viaje, alojamiento y manutención necesarios; que no incluya el pago de los gastos de familiares y amigos; y que en ningún caso se costeen los gastos de vacaciones o recreo.
La UNE antisoborno es certificable y compatible con otros certificados de cumplimiento y prevención de delitos, como la UNE 19601 Sistemas de gestión de compliance penal. Además, establece un marco flexible que servirá para acreditar a todo tipo de organización, con independencia de su tipo, tamaño o actividad, y ya sea del sector público o privado, o sin ánimo de lucro.
Su objeto es específicamente la prevención del soborno, sin que cubra el fraude, los cárteles y otros delitos antimonopolio y competencia, el lavado de dinero u otras actividades de corrupción.
Los expertos prevén que la norma se convierta en un instrumento imprescindible en la contratación pública y el tráfico internacional, puesto que el propio texto impone a las compañías que exijan a sus socios que tengan implementado un sistema antisoborno.
La UNE también requiere la designación de un responsable encargado de la materia, procedimientos de formación del personal, evaluaciones periódicas de riesgos -a través de auditorías- y el establecimiento de procesos internos de información e investigación.
Artículo publicado en:
http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/8303346/04/17/La-empresa-debe-prohibir-los-regalos-que-huelan-a-soborno.html
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