La ley de transparencia entra en vigor para Comunidades Autónomas y Ayuntamientos


La Ley 19/2013, de 9 de diciembre de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno fijó varias fechas para la entrada en vigor de sus disposiciones, el 11 de diciembre de ese año únicamente entró en vigor la parte correspondiente al Buen Gobierno, que establece las obligaciones que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias jurídicas derivadas de su incumplimiento.

 

Para la entrada en vigor de las obligaciones de transparencia y acceso a la información se fijaron dos plazos distintos:

- El 10 de diciembre de 2014 para los organismos estatales.

- El 10 de diciembre de 2015, como plazo máximo, para las administraciones locales y autonómicas.

Todas las autonomías cuentan ya con su propio portal de transparencia para ofrecer la información a la que están obligados (contratos públicos, retribuciones de altos cargos, subvenciones, etc.).

Pero además de ofrecer la denominada «publicidad activa» a través de estos portales, la ley establece que debe existir un órgano que resuelva las reclamaciones que los ciudadanos presentan cuando entienden que una administración no ha cumplido con las obligaciones que marca la legislación sobre transparencia.

 

A nivel estatal este órgano es el Consejo de la Transparencia, que debe tener sus equivalentes autonómicos. Y en el caso de que una comunidad renuncie a crear ese órgano nuevo, la tarea de gestionar las reclamaciones puede delegarse en otra institución autonómica o bien dejarse recaer en el consejo estatal previa firma del convenio correspondiente.

- Tres de las diecisiete comunidades han creado los equivalentes autonómicos al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estatal: Murcia, Cataluña y Canarias.

- Cuatro autonomías han delegado esta labor en organismos ya existentes: la Comunidad de Madrid ha pasado la tarea al Consejo Consultivo; Galicia y Navarra se la han encargado a su correspondiente Defensor del Pueblo, al igual que Castilla y León que, no obstante, creará también un Comisionado de Transparencia.

- Tres comunidades aseguran haber decidido qué organismo asumirá estas funciones pero todavía no los han activado: Andalucía, País Vasco, Aragón y la Comunidad Valenciana.

- Las seis comunidades restantes (Castilla-La Mancha, Extremadura, Baleares, Asturias, La Rioja y Cantabria) ni siquiera han definido qué organismo se ocupará de garantizar la transparencia y no han aprobado ningún procedimiento al respecto.

En cuanto a las entidades locales, las quejas o reclamaciones relacionadas en su ámbito de actuación tendrán que ser resueltas, bien por el órgano autonómico del territorio al que pertenezcan, si fuese creado, o bien por el propio Consejo de la Transparencia.

 

Desde la página web del Consejo de Transparencia actualmente se puede acceder a un total de 16 portales de transparencia de otros tantos ayuntamientos de capitales de provincia (el 30% del total). Igualmente, el organismo estatal facilita enlaces a nueve webs de otras tantas diputaciones provinciales y de dos cabildos insulares.

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